Se conoció esta mañana un acuerdo entre la defensa técnica del empresario de la noche, la querella y el Ministerio Público Fiscal celebraron ayer (24/04), se trata de un juicio abreviado pleno que fue homologado hoy por el Tribunal Oral Penal N° 2 de esta ciudad. Además, se comprometió a cumplir la pena en una cárcel común sin pedir ningún beneficio durante al menos 18 meses. El hecho ocurrió el 13 de febrero de 2021.
El empresario de la noche Matías Piattoni fue condenado hoy a la pena de tres años de prisión e inhabilitación por 10 años para conducir todo tipo de vehículos, tras haber homologado el Tribunal Oral Penal (TOP) n.° 2 un acuerdo de juicio abreviado pleno en el que admite su responsabilidad en el siniestro que provocó el 13 de febrero de 2021 al mando de su Ford Mustang y que le costara la vida a Ángel Exequiel González y su hijo Mateo Ángel Gabriel.
En el acuerdo alcanzado entre las partes del proceso –la defensa técnica del imputado, la querella y el representante del Ministerio Público Fiscal–, Piattoni reconoce y ratifica la validez de las pruebas que pesaban en su contra y se declara culpable de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcoholemia superior al gramo de litro por sangre, en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, sin estar habilitado y siendo más de una las víctimas fatales”.
El documento –rubricado el martes–contempla la conformidad del acusado, a través de sus defensores, doctores Julio Alberto Leguizamón y Estefanía Itatí Ceballos; de la querella, ejercida por el doctor Juan Manuel Cubilla Podestá, y del representante del Ministerio Público Fiscal, doctor Jorge Omar Semhan. En tanto víctima, Karen Salomé Cufré, viuda del cabo del ejército argentino de 32 años y madre del niño de 12 años, también aceptó las condiciones del acuerdo y prestó su avenencia para con la pena y su ejecución.
En ese sentido, en el punto séptimo del acuerdo el empresario condenado aceptó que la pena que recaiga sobre sí se ejecute en un establecimiento carcelario común y se comprometió, del mismo modo, a que en un período de como mínimo 18 meses no solicitará ni se acogerá a beneficio alguno relacionado con salidas transitorias ni modalidades de cumplimiento alternativo.