Preocupación por el impacto del DNU en la Ley de Salud Mental

La especialista Repetto dio su punto de vista acerca del impacto que tienen las modificaciones del DNU sobre la Ley actual.

Entre las cientos de reformas que propone la «ley ómnibus» enviada por Javier Milei al Congreso, con 664 artículos distribuidos en 351 páginas, busca introducir la modificación de la Ley 26.657 de «Derecho a la Protección de la Salud Mental». Los cambios radicarán en habilitar a jueces a facilitar la internación de personas con alguna afección de este tipo eliminar la prohibición de crear nuevos «manicomios» así como la participación de organismos especializados y asociaciones civiles en el órgano de revisión.

En declaraciones a Radio LT7, Mariana Repetto es Lic. en Psicología (Mp. 073) quién se desempeña en la sala de personas en situación de crisis del Hospital San Francisco de Asís en la capital correntina, explicó que «esencialmente el proyecto modifica algunos artículos claves de la vigente ley y tienen mucha incidencia para el trabajo, y sobre todo, para los usuarios, lo que es todavía más preocupante»

«Hay dos cambios significativos» explicó la Dra.; «uno, tiene que ver con algo que estaba explicito en la Ley de Salud Mental y es la vigencia de los conocidos manicomios, y establecía que a partir del 2023 no se tendrían que construir más instituciones monovalentes o psiquiátricos y que las internaciones debían darse en instituciones generales. Esto es fundamental porque estas instituciones tienen un impacto negativo en el paciente, con lo cual es un cambio dramático con altas consecuencias en la salud mental», detalla la especialista.

En el artículo 27 de la ley vigente prohíbe «la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados», y desde la óptica de Repetto la decisión de derogar este artículo «deja al paciente ser víctima de un sistema en el que está comprobado que no tiene efectos benéficos en la salud mental. la internación tiene que ser acotada, limitada y por razones vinculadas al estado de salud.» por que la internación pasa a ser un recurso más y uno un elemento utilizado sólo cuando sea necesario.

Otra de las modificaciones sustanciales de este proyecto es que le da al juez el poder de internar: «hasta ahora, la decisión siempre tenía que estar abalada por un equipo interdisciplinario que requería la internación y hoy la modificación deja de lado opinión de un equipo que tiene la experticia para poder determinar quién requiere internación», explica la licenciada.

Por último Repetto deja en claro que «cuando hablamos de internaciones prolongadas hablamos de personas que han pasado el resto de su vidas encerradas sin poder recibir un alta porque había decisiones judiciales que no lo permitían, con lo cual hay una vulneración de derechos muy preocupantes», y agrega que: «son modificaciones que no hacían falta, por lo menos no estos artículos necesariamente. La ley es de avanzada y posibilitó modificaciones importantes en todo lo que tiene que ver con la forma en la que asistimos a personas con problemas de salud mental, y creo que no es la forma. Acá se está facilitando una visión corporativa de la salud».

Las bibliotecas populares de todo el país repudian el proyecto de ley ómnibus que desfinancia su funcionamiento

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