El Juez Federal con competencia electoral en Corrientes, Juan Carlos Vallejos, declaró la nulidad de la medida interpuesta por el exgobernador Ricardo Colombi por lo resuelto en la Convención Radical, el 29 de abril.
«Por ello, en análisis superficial, sumario y provisional (fomus bonus iuris), de foco litigioso traído a conocimiento de esta magistratura; la falta de sustento probatorio que permita dar por acreditado el requisito de «versolimitud del derecho», ni el del peligro en la demora, indispensables para la habilitación de la medida que se pretende debe rechazarse la medida cautelar peticionada. Por ello corresponde y así: RESUELVO: Rechazar la medida cautelar solicitada. Notifíquese, regístrese y protocolícese», aseveró en su fallo el Juez Juan Carlos Vallejos.
La medida de Ricardo Colombi
El presidente de la Unión Cívica Radical (UCR) de Corrientes, Horacio Ricardo Colombi, había pedido a la Justicia Federal que declare la nulidad de lo resuelto por la Convención el 29 de abril.
Colombi sostuvo que se tomó atribuciones que la corresponden al Comité Central y alertó que 12 convencionales presentes no eran afiliados radicales cuando fueren electos en 2022.
Exigió además que la Justicia notifica al comité nacional de la UCR, sobre la sucedido, y pide una medida cautelar innovativa, que le permita seguir al frente del partido, para que los fondos de la fuerza lo maneje él y el tesorero y que no se utilice la cuenta del Banco Corrientes, que resolvió la convención.Colombi argumentó en su escrito judicial que «no fue informado de la reunión de la Convención realizada el 29 de abril». «(El Comité Central) Nunca fue notificado de esta reunión, ni tampoco de la ulterior resolución es que se solicito se pida copia de la resolución la que fuera presentada por los noveles apoderados designados por la Convención».
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