El DNU de Milei puede dejar a Argentina afuera de la Copa América, el Mundial y los JJ. OO

Las modificaciones en la Ley del Deporte (N° 20.655) que establece el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del gobierno de Javier Milei constituyen una clara intromisión del Estado en las asociaciones deportivas. La FIFACONMEBOL, el Comité Olímpico Internacional y todas las federaciones internacionales lo prohiben expresamente y en sus estatutos contemplan la posibilidad de suspensión y expulsión. De esta manera Argentina podría quedar afuera del Mundial, la Copa América, Copa Libertadores, Sudamericana, los Juegos Olímpicos y de cientos de otros eventos deportivos.

Este martes 30 el Juzgado Federal de Mercedes, con la firma del juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, resolvió hacer lugar a la medida cautelar presentada por la Liga de Fútbol de Salto y suspendió los artículos 335° y 345° del DNU 70/2023.

El cuestionado artículo 335 prohibe que se le impida a una Sociedad Anónima Deportiva (SAD) afiliarse a una confederación, federación, asociación, liga o unión. Por otra parte, el artículo 345 estipula que las entidades del deporte cuentan con un año —corre desde el 29 de diciembre— para actualizar sus estatutos, que actualmente exigen a sus miembros ser asociaciones civiles sin fines de lucro.

¿Qué son las SAD?

Las Sociedades Anónimas Deportivas son una forma de organización jurídica en la que los propietarios de los clubes son accionistas e inversores. En nuestro país la ley y los estatutos de las diferentes entidades deportivas establecen que los clubes son asociaciones sin fines de lucro cuyos dueños son los socios que, por ejemplo, tienen derecho a votar a sus autoridades.

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